La jubilación por discapacidad es un beneficio otorgado a los trabajadores que no han podido realizar actividades laborales. La prestación sólo se concede previa valoración y acreditación por parte de la pericia médica del INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social). Para saber qué enfermedades le dan derecho a la jubilación por discapacidad, consulte el contenido completo.
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Todo trabajador que no pueda realizar su actividad laboral por enfermedad o accidente, tiene derecho a la jubilación por invalidez. Sin embargo, debe cumplir con algunos requisitos para tener derecho al beneficio. Son los siguientes:
● Falta de al menos 12 aportes mensuales al INSS. Puede haber excepciones que serán evaluadas por la experiencia del organismo;
● Demostrar, a través de la experiencia, que una enfermedad o accidente ha hecho que la persona sea permanentemente incapaz de realizar su trabajo;
● El trabajador debe estar cotizando en el momento de la causa de la discapacidad.
Los titulares de jubilación por discapacidad tienen derecho a la prestación de 1 salario mínimo. Para 2023, el monto autorizado por la Medida Provisional firmada por el Presidente de la República, Jair Bolsonaro, cambiará el monto a R $ 1,302.
Algunas enfermedades consideradas graves, contagiosas o incurables no son necesarias para hacer frente a la escasez. Echa un vistazo a lo que son:
– Lepra;
– Ceguera;
– Tuberculosis activa;
– Trastorno mental grave;
– Enfermedad de Parkinson;
– Enfermedad cardíaca grave;
– Neoplasia maligna (cáncer);
– Nefropatía severa;
– Enfermedad hepática grave;
– Esclerosis múltiple;
– Parálisis irreversible e incapacitante;
– Espondilitis anquilosante;
– Estado avanzado de la enfermedad de Paget (osteítis deformante);
– Síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA);
– Contaminación por radiación, basada en la finalización de la medicina especializada;
– Accidente cerebrovascular (agudo);
– Abdomen agudo quirúrgico.
Para ingresar a la jubilación, es necesario presentar varios documentos. Comprobar:
● Identificación con foto;
● CPF;
● Tarjeta de trabajo;
● Prueba de residencia;
● PIS/PASEP;
● Carnês de contribución opcional o individual;
● Informes médicos;
● Exámenes;
● Atestiguado;
● Declaraciones médicas;
● Prescripciones.
Así, los trabajadores que vayan a presentar una solicitud de pensión de incapacidad permanente deberán presentar documentos que informen de la discapacidad comunicada en una sede del INSS en su municipio.
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